¿QUÉ ES IMPUESTO A LA RENTA?
El Impuesto a la Renta
se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las
sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El
ejercicio impositivo comprende del 1 de enero al 31 de diciembre.
¿QUIÉN DEBE PAGAR?
La declaración de
Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas naturales, las
sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o
no en el país, conforme los resultados de su actividad económica; aun cuando la
totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción
de:
- Los contribuyentes domiciliados en el exterior,
que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan
ingresos sujetos a retención en la fuente.
- Las personas naturales cuyos ingresos brutos
durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no
gravada.
La normativa
tributaria define a estos contribuyentes como "sujetos pasivos".
De la contabilidad
Están obligados a
llevar contabilidad todas las sucursales y establecimientos permanentes de
compañías extranjeras y las sociedades.
Igualmente, están
obligadas a llevar contabilidad las personas naturales y las sucesiones,
incluyendo los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes,
representantes, otros trabajadores autónomos, de acuerdo a las siguientes
condiciones:
- Capital propio superior a USD 180.000.
- Ingresos brutos anuales superiores USD 300.000 o,
- Costos y gastos anuales superiores a USD 240.000.
Importante: Las personas naturales, sucesiones
indivisas y las organizaciones del Régimen Simplificado que operen con un
capital, obtengan ingresos y efectúen gastos inferiores a los señalados
anteriormente, deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos que servirá de
base para declarar sus impuestos.
¿SOBRE QUÉ SE DEBE PAGAR?
Para calcular el
Impuesto a la Renta que debe pagar un contribuyente se debe considerar lo
siguiente: de la totalidad de los ingresos gravados se restará las
devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales
ingresos. A este resultado lo llamamos "base imponible".
Para lo cual se deben
tomar en consideración las siguientes definiciones:
- Ingresos gravados: Son
aquellos ingresos que serán considerados para el pago del Impuesto a la
Renta
- Ingresos exentos y exoneraciones: Son
aquellos ingresos y actividades que no están sujetas al pago de este
impuesto.
- Deducciones: En general, con el
propósito de determinar la base imponible sujeta a este impuesto se
deducirán los gastos que se efectúen con el propósito de obtener, mantener
y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estén exentos. Adicionalmente
aquí podrá encontrar los requisitos de bancarización para la deducción de
costos y gastos para Impuesto a la Renta.
Base imponible de los
ingresos del trabajo en relación de dependencia
Está constituida por
el ingreso gravado menos el valor de los aportes personales al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), excepto cuando estos sean pagados por
el empleador.
Base imponible para
adultos mayores
Los adultos mayores se
descontarán una fracción básica gravada con tarifa cero de Impuesto a la
Renta.
Base imponible para
personas con discapacidad o sustitutos
Las personas con discapacidad
o sustitutos se descontarán dos fracciones básicas gravadas con tarifa cero de
Impuesto a la Renta, de acuerdo a la siguiente tabla:
¿CUÁL ES LA TARIFA?
Impuesto a la Renta para Sociedades
Para liquidar el
Impuesto a la Renta en el caso de las sociedades, se aplicará a la base
imponible las siguientes tarifas:
- Los ingresos gravables obtenidos por sociedades
constituidas en el Ecuador, así como por las sucursales de sociedades
extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de
sociedades extranjeras no domiciliadas en el país, aplicarán la tarifa del
25% sobre su base imponible.
- La tarifa impositiva será la correspondiente a
sociedades más tres (3) puntos porcentuales cuando:
a) La sociedad
tenga accionistas, socios, participes, constituyentes, beneficiarios o
similares, sobre cuya composición societaria dicha sociedad haya
incumplido su deber de informar de acuerdo con lo establecido en la presente
Ley; o,
b) Dentro
de la cadena de propiedad de los respectivos derechos representativos de
capital, exista un titular residente, establecido o amparado en un paraíso
fiscal, jurisdicción de menor imposición o régimen fiscal preferente y el
beneficiario efectivo es residente fiscal del Ecuador.
PLAZOS
PARA LA DECLARACIÓN
Los plazos para la presentación de la declaración, varían de
acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC, de acuerdo al tipo de
contribuyente:
BASE LEGAL
- Impuesto
a la Renta: Título I Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
- Impuesto
a la Renta: Título I Reglamento para la aplicación Ley de
Régimen Tributario.
- Beneficios
tributarios para personas con discapacidad: Art. 6 Reglamento a la Ley Orgánica de
Discapacidades.
- Comprobantes de venta: Reglamento de comprobantes de venta, retención y
complementarios.
FORMULARIOS DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR)
- Formulario 101 -
Formato de declaración del Impuesto a la Renta y presentación de balances
formulario único sociedades y establecimientos permanentes, vigente desde
el 30/03/2018
- Formulario 102 -
Formato de declaración del Impuesto a la Renta personas naturales y
sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad, vigente desde el
07/03/2018.
- Formulario 102A -
Formato de declaración del Impuesto a la Renta personas naturales y
sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, vigente desde el
07/03/2018.
- Formulario 103 -
Formato de declaración de retenciones en la fuente del Impuesto a la
Renta, vigente desde el 01/04/2016.
- Formulario 107A -
Comprobante de Retención de la contribución Solidaria sobre las
Remuneraciones.
- Formulario 107 -
Formato de comprobante de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta
por ingresos del trabajo en relación de dependencia.
- Formulario 108 -
Formato de declaración del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes
de herencias, legados y donaciones.
- Formulario 115 -
Formato del formulario para el anticipo de Impuesto a la Renta.
- Formulario 116 -
Formato del formulario para la declaración y pago del Anticipo de Impuesto
a la Renta Espectáculos Públicos.
- Formulario 119 -
Formato del formulario para la declaración de ganancias de capital.
- Formulario 122 -
Formato del formulario del Impuesto a la Renta para Organizaciones de la
Econommía Popular y Solidaria (Régimen Simplificado)
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